QUIENES SOMOS

Creación y Funcionamiento

23 de abril 1946

Sobre las bases del ex Consejo de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros, se produce la creación y funcionamiento de una Persona Jurídica denominado Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de Tucumán – COPIAAT.

Regulación de la matrícula, según ley promulgada

En el año 1981

El consejo Profesional de la Ingeniería,Arquitectura y Agrimensura de Tucumán llevará las matrículas de las profesiones que comprende esta ley. Y en el artículo 12, dictamina que: Para ejercer dentro de la Provincia las profesiones que regula la presente ley será requisito previo es indispensable la inscripción en la matrícula respectiva.

Ingenierías que conforman el COPIT

El 30 de Junio de 1967

En Diciembre del año 1.989 se produce las sanciones de las leyes de colegiación de los arquitectos y agrimensores; y a principios del mes de enero del año 1990 la colegiación de los ingenieros civiles, quedando el resto de los profesionales no comprendidos en estas leyes de colegiación bajo la ley Nº 5.275 y con la denominación de CONSEJO PROFESIONAL DE LA INGENIERÍA DE TUCUMÁN.

Un poco de Historia

23 de abril de 1.946 – Sobre las bases del ex Consejo de Agrimensores, Arquitectos e Ingenieros, creado por Decreto Acuerdo Nº 169/227 y del Consejo Profesional de la Ingenieria y Arquitectura, instituido por Decreto Ley N 134/63, se produce la creación y funcionamiento de una Persona Jurídica denominado Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de Tucumán – COPIAAT. En el año 1981 – se promulga la Ley 5.275 que en su artículo 11 establece que : » El consejo Profesional de la Ingeniería,Arquitectura y Agrimensura de Tucumán llevará las matrículas de las profesiones que comprende esta ley…. Estas matrículas serán únicas en la Provincia y ninguna municipalidad, repartición u organismo podrá llevar independientemente otra u otras que no sean las del consejo, ni imponer contribución alguna que grave el libre ejercicio de las profesiones». Y en el artículo 12, dictamina que: «Para ejercer dentro de la Provincia las profesiones que regula la presente ley será requisito previo es indispensable la inscripción en la matrícula respectiva». Los motivos de la creación del Consejo Profesional por Ley era la de reglamentar el ejercicio de las profesiones de Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores y Técnicos y de crear una independencia funcional del Consejo respecto de la administración pública, equiparándolo a los regímenes de otros Consejos Profesionales de la provincia, superándose de este modo, uno de los mas grandes inconvenientes a que había dado lugar una legislación vigente. Por ello se implanta la elección de autoridades como facultad exclusiva de los matriculados sin la injerencia del Poder Ejecutivo y por ello se organiza la Asamblea como órgano fundamental y también se crea la Comisión Revisora de Cuentas como órgano de contralor administrativo correspondiente. Por otra parte se reconoce a los centros o asociaciones de profesionales matriculados en el Consejo. De esta manera se tiende a extender el campo de acción y lograr un mayor desarrollo de cada centro o asociación de profesionales, propendiendo a una futura escisión de aquellos grupos que adquieran una organización y envergadura suficiente para hacerlo. Uno de los grandes objetivos conseguidos por el Consejo Profesional de la Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura de Tucumán es la de ejercer el control de policía de las matriculas de las profesiones que comprende esta ley, del ejercicio profesional, creándose para ello también el tribunal de ética. El 30 de Junio de 1.967 ejerció con el control de las matrículas las municipalidades de la provincia y a partir del 1 de Julio del año 1.967 lo hace el Consejo Profesional. De acuerdo al párrafo anteriormente citado en lo inherente a una futura escición, es que a fines de Diciembre del año 1.989 se produce las sanciones de las leyes de colegiación de los arquitectos y agrimensores; y a principios del mes de enero del año 1.990 la colegiación de los ingenieros civiles, quedando el resto de los profesionales no comprendidos en estas leyes de colegiación bajo la ley Nº 5.275 y con la denominación de CONSEJO PROFESIONAL DE LA INGENIERIA DE TUCUMÁN. Esta es la única institución colegiada en la que confluyen egresados de nuestras tres universidades y de todas las escuelas e institutos técnicos de la provincia. Considerando, que anualmente se diploman casi un millar de profesionales, el potencial de matriculados adquiere una significativa relevancia. En su seno agrupa a más de sesenta profesiones, productoras de bienes y servicios. En el año 1995 se crea la receptoría en la ciudad de Concepción, para atender las necesidades de nuestros matriculados del sur de la provincia.